Representación en la Reunión de la Junta de Propietarios
Se acerca el verano y es el momento en que muchas comunidades de vecinos aprovechan para convocar y realizar las reuniones de la Junta de Propietarios.
Se da la circunstancia, un poco anómala (aunque no ilegal) de que en lugares donde mayormente los propietarios son no residentes se realiza una sóla reunión al año.
Es muy difícil para la inmensa mayoría de los propietarios asistir a esa reunión única anual, y por lo tanto poder expresar personalmente las preocupaciones y propuestas que les gustaría compartir con sus vecinos.
La legislación española (Ley de Propiedad Horizontal) admite la representación de los propietarios por medio de otra persona (propietaria o no)(Art. 15). Lo único que la norma exige formalmente es un documento escrito y firmado por la persona que otorga la representación. No es necesario que sea un poder de representación notarial (con los gastos que ello conlleva), puede ser un documento privado.
A veces es fundamental asistir a una Junta General de Propietarios para poder votar en contra de una decisión que pueda ir en perjuicio de nuestros intereses. Este voto en contra es esencial para poder ejercer nuestros derechos posteriormente ante los tribunales.
Si usted no puede asistir a la reunión, tiene la necesidad de que alguien defienda sus derechos, que haga alguna propuesta en particular o que exprese alguna queja en la Junta de Propietarios, nos ponemos a su disposición para poder ayudarle y asesorarle. No dude en contactar con nosotros:
Confíe en un profesional. No se deje llevar por lo que le digan desde la junta directiva o la empresa gestora de la comunidad. Si usted no defiende personalmente sus derechos nadie lo hará.